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Personal militar en servicio activo
 
Personal militar en situación de retiro
 
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Derechohabientes y beneficiarios de militares fallecidos en servicio activo
 
Derechohabientes y beneficiarios de militares fallecidos en situación de retiro
 
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Capítulo II Personal militar en situación de retiro
F. Ayuda para gastos de sepelio.

 

Se otorgará al militar por el fallecimiento del cónyuge, concubina, concubinario, padres e hijos por concepto de gastos de sepelio; a los Generales, Jefes y Oficiales o sus equivalentes en la Armada, se les cubrirá 20 días del haber de retiro, que estén percibiendo. En los mismos casos, el personal de Tropa del Ejército o Clases y Marinería de la Armada tendrá derecho a que se le otorgue el equivalente a 40 días del haber de retiro que esté percibiendo.
  Documentación requerida:
 
Solicitud. Formato F10DPE.
 
Copia certificada del acta de defunción del familiar del militar.
 
Copia simple de identificación oficial (IFE o pasaporte vigente) del solicitante.
 
Copia simple de la cédula de identificación del derechohabiente.
 
Copia certificada del acta de nacimiento o matrimonio (para comprobar parentesco con el extinto).