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¿En qué procesos se encuentra el trámite de mi beneficio (haber de retiro, pensión, compensación, pensión alimenticia)?
Dir. de Vigencia
Subdir. de Control y Pago
Respuesta:
  • Si ya fue recibido en esta dirección, se le informa aproximadamente cuando podrá cobrar y el lugar, de no ser así, se turna la petición al Depto. de Trámites y pensiones de la Dirección de Prestaciones.
 
¿Cómo se forma el haber de retiro?
Dir. de Vigencia
Subdir. de Control y Pago
Respuesta:
  • El haber de retiro esta conformado por el porcentaje de retiro correspondiente a su cargo como militar retirado, el 70% de su porcentaje de retiro, mas el porcentaje por primas de perseverancia, asignación de técnico, de vuelo o técnico especial
 
¿Por qué no se incrementa mi beneficio (haber de retiro, pensión, pensión alimenticia) al mismo tiempo en que se incrementan las percepciones del personal en activo?
Dir. de Vigencia
Subdir. de Control y Pago
Respuesta:
  • Debido a que se realiza la nómina de Mils. Rets. y Pens. con 2 meses de anticipación por lo que para cuando se autoriza el incremento, este se verá reflejado 2 meses después con sus respectivas diferencias, de conformidad a los tiempos establecidos en la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
 
¿Quién me otorga las diferencias por incremento y la parte proporcional del aguinaldo del periodo del último año en que estuve en el activo?
Dir. de Vigencia
Subdir. de Control y Pago
Respuesta:
  • De conformidad al comunicado de la Secretaria de la Defensa Nacional, la parte proporcional de las diferencias y del aguinaldo correspondientes al periodo en que se encontraba el militar en servicio activo, serán cubiertas por dicha Secretaria.
 
¿Ante quién tramito el pago de las diferencias por incremento del periodo en que estuve en el activo?
Dir. de Vigencia
Subdir. de Control y Pago
Respuesta:
  • Deberá solicitarlas ante la Dirección de Administración por medio del pagador que le cubría en el activo.
 
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Última modificación: 30.04.2010 6:06 PM
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