Prólogo
| La presente Guía tiene como objetivo principal, ser un instrumento de apoyo para los Militares, Derechohabientes, Pensionistas y Beneficiarios, en la tramitación de los beneficios que se otorgan con arreglo a la Ley del INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. |
 |
Introducción
| La Guía para el Trámite de los Beneficios que regula la Ley del INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS, se encuentra estructurada en base a las diversas situaciones en las que puedan encontrarse los Militares, Derechohabientes, Pensionistas y Beneficiarios, para realizar de manera sencilla y ágil, ante el INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS los trámites de los beneficios a los que tengan derecho. |
 |
Consideraciones Importantes
Para asegurar el flujo del trámite y pago de los beneficios sin problemas o retrasos, es necesario que se ponga especial atención a los siguientes aspectos:
| A. |
Presentar la documentación completa de acuerdo con lo previsto en la presente Guía. |
| B. |
Es requisito indispensable la presentación de la C.U.R.P. para cualquier trámite. |
| C. |
En caso de presentar copia de las actas otorgadas por el Registro Civil deberán estar certificadas. |
| D. |
Que la documentación original no presente enmendaduras, borrones o tachaduras y que las copias fotostáticas que se llegarán a presentar estén legibles. |
| E. |
El empleo de un solo documento de identificación vigente Credencial de elector I.F.E., Pasaporte o Credencial Única de Identidad Militar, expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina para el trámite y cobro de beneficios |
| F. |
El pago en el interior de la República del Seguro de Vida Militar, Seguro Institucional, Seguro Colectivo de Retiro, Becas y Aportaciones al Fondo de la Vivienda Militar, se realiza bajo la modalidad de pago Electrónico Dispersión Inmediata Empresarial (DIE) a través de las sucursales de BBVA BANCOMER, las cuales emitirán un cheque de caja sin costo, por cada pago que sea superior a los $25,000.00. |
| G. |
Se aceptan como medios de identificación únicamente la credencial de elector IFE y pasaporte vigente. Para el pago local de los beneficios se aceptan los anteriores y la Cartilla del Servicio Militar Nacional. |
| H. |
Los trámites en el interior de la República se podrán realizar por conducto de las Regiones, Zonas Militares y Navales, Unidades Militares o Sectores Navales. |
| I. |
En el área metropolitana, la documentación se presentará personalmente en la Subdirección de Información, Orientación y Gestión, ubicada en el Centro de Atención Social para Militares Retirados (C.A.S.M.R.). CENTRO COMERCIAL PLAZA SEDENA, en un horario de 0800 a 1500 hrs, de lunes a viernes. |
| J. |
La documentación relacionada a los Trámites de Créditos Hipotecarios, se enviará por correo certificado o mensajería a la Dirección de Prestaciones, (primer piso del ISSFAM) se recomienda no contratar gestores. |
| K. |
Todos los trámites que se realicen en el I.S.S.F.A.M. serán gratuitos. |
|
Conceptos Básicos
H. JUNTA DIRECTIVA
Es el Órgano de Gobierno del Instituto, se compone de 9 miembros: tres designados por la Secretaría de a Defensa Nacional, tres por la Secretaría de Marina, y tres por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Y además un comisario como supervisor nombrado por la Secretaría de la Función Pública.
AFILIACIÓN
Acto mediante el cual las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina acreditan la personalidad de los Militares en Situación de Activo y Retirado y a sus Derechohabientes ante el ISSFAM, para ser considerados en el disfrute de los beneficios que regula la Ley.
Las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, tramitarán ante el ISSFAM, la Afiliación de los familiares de los Militares en Servicio Activo y con Haber de Retiro, para tener derecho a la prestación del Servicio Médico.
REAFILIACIÓN
Acto mediante el cual, el Militar que pasa a Situación de Retiro con derecho a percibir Haber de Retiro, actualiza su situación y la de sus Derechohabientes.
DERECHOHABIENTE
El familiar del Militar en línea directa (cónyuge, concubina o concubinario, hijos, madre, padre), siempre que reúnan los requisitos que establece la Ley.
BENEFICIARIO
Persona en cuyo favor se ha designado un beneficio económico por voluntad expresa del Militar, independientemente del parentesco que guarde con él.
MILITAR EN SITUACIÓN DE RETIRO
Los miembros de las Fuerzas Armadas que causen Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro con derecho a percibir Haber de Retiro.
PENSIONISTA
Persona a quien se le otorgue pensión por fallecimiento del Militar.
RADICACIÓN DE PAGO
Lugar que designa el interesado para efectuar el cobro del Haber de Retiro Pensión o Compensación (Unidades Ejecutoras de Pago habilitadas de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina y sucursales habilitadas del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C.). |
|
Prestaciones para Personal Militar en ActivoEl Militar tiene derecho:
A. Afiliarse y afiliar a sus familiares a la Ley del ISSFAM
| Artículo 19 (PG.8) La afiliación a la Ley del ISSFAM de los Militares y sus familiares se realizará ante la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina según corresponda.
Requisitos:
- Solicitud de Afiliación. Formato 1
- Copia certificada por el Registro Civil de las actas que acrediten la relación familiar de la persona interesada y en su caso designación de concubinato.
- Dos fotografías tamaño infantil de frente a color con fondo blanco, recientes.
|
B. Que se constituya a su favor el: (ART 59, PG. 19 y Primero Transitorio Inciso E, PG. 69)
| Artículo 59 FONDO DE AHORRO
Para el personal de Generales, Almirantes, Jefes, Capitanes y Oficiales, con las aportaciones del 6% de sus Haberes que realizan el propio Militar y el Gobierno Federal, su pago procede:
- Cuando el Militar causa baja del Servicio Activo.
- Cuando causa alta en Situación de Retiro.
- Al fallecimiento del Militar.
NOTA: estos fondos serán administrados por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., conforme a su Ley Orgánica.
FONDO DE TRABAJO (ART. 58, PG. 19)
Para el personal de Tropa o Clases y Marinería, con las aportaciones del 15% (12.8% para 2009, 13.9% para 2010 y 15% para el 2011) de sus Haberes que realiza a su favor el Gobierno Federal, su pago procede:
- Cuando el Militar causa baja del Servicio Activo.
- Cuando causa alta en Situación de Retiro.
- Cuando asciende a la jerarquía de Oficial.
- Cuando el Militar obtenga Licencia Ilimitada.
- Por fallecimiento del Militar.
SEGURO DE VIDA MILITAR (ART. 66, PG. 20 y Primero Transitorio Inciso C, PG. 69)
Con la aportación del Gobierno Federal del 2.0% de los Haberes y Sobrehaberes que le cubre al Militar. Su pago procede
- Cuando el Militar es colocado en Situación de Retiro por incapacidad en primera o segunda categorías dentro de actos del Servicio o como consecuencia de ellos.
- Al fallecimiento del Militar.
SEGURO COLECTIVO DE RETIRO (ART. 90, PG. 26 y Primero Transitorio Inciso D, PG. 69.)
Con la aportación del Militar del 3.0% de su Haber y el Sobrehaber mínimo vigente mensual de acuerdo a las jerarquías y el 3.0% de los Haberes mensuales de los Militares en Activo, con cargo al presupuesto de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, su pago procede:
- Cuando el Militar es colocado en Situación de Retiro con derecho a percibir Haber de Retiro.
- El fallecimiento del Militar.
FONDO DE LA VIVIENDA MILITAR (ART. 104, PG. 30)
Con la aportación del Gobierno Federal del 5.0% mensual sobre los Haberes y Asignaciones de Técnico, de Vuelo, de Salto o Técnico Especial, su pago procede:
- Cuando el Militar causa baja del Servicio Activo.
- Cuando el Militar causa alta en Situación de Retiro.
- Cuando el Militar obtenga Licencia Ilimitada.
- Al fallecimiento del Militar.
|
C. Designar libremente beneficiarios para el Seguro de Vida, Seguro Colectivo de Retiro, Fondo de la Vivienda, Fondo de Ahorro y de Trabajo. (ART. 73, PG. 22)
| Artículo 73 Trámite
Se realiza por conducto de las Dependencias, Unidades e Instalaciones de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina.
La designación se formulará en el documento de afiliación o en escrito libre por triplicado dirigido al Instituto, con la firma y huella del Militar y la firma de dos testigos.
La Secretaría correspondiente revisará y aprobará la designación formulada por el Militar. |
D. Ocupación temporal de casas y departamentos, mediante una cuota de recuperación fijada por la H. Junta Directiva.
Trámite
Presentar solicitud ante la Unidad, Dependencia o Instalación donde se encuentre asignado.
E. Solicitar Crédito Hipotecario. (ART. 100, PG. 29) (ART. 108, y 31)
Para adquisición, construcción, reparación, ampliación, mejoramiento y pago de pasivos. Al tener cuando menos 10 años de depósitos al fondo.
Trámite
Presentar presolicitud al ISSFAM, directamente o por conducto de la Unidad, Dependencia o Instalación a la que pertenezca el Militar. Formato 2
|
F. Servicios Turísticos. (ART. 134) (PG.35)
| Artículo 134 Precios preferenciales en el Hotel Fiesta Inn Mazatlán y en los del grupo Posadas (Fiesta Inn y Fiesta Americana). Hacer la reservación con 15 días de anticipación.
Trámite
Ante la central de reservaciones Fiesta, al teléfono 53-26-69-00 o al sitio de Internet: www.fiestamericana.com.mx o www.fiestainn.com.mx |
Nota: Para consulta de otros servicios como bolsa de trabajo, educación, casa hogar para militares retirados y turismo consulte el Capitulo VI de esta Guía.
G. Servicios Funerarios. (ART.137) (PG. 35)
| Artículo 137 Orientación y gestión para trámites funerarios, servicio de velación, inhumación, exhumación, reinhumación, depósito de cenizas, depósito o retiro de restos áridos, cremación, servicio de carroza, transporte de dolientes y traslados.
Requisitos:
Certificado Médico de Defunción.
- Orden de Inhumación.
- Permiso para depósito de cenizas.
- Permiso de exhumación
Venta de nichos en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., con una cuota mínima por concepto de mantenimiento, misma que será establecida por la H. Junta Directiva y será el propio Instituto el responsable de comunicar a los propietarios el monto y la forma de pago correspondiente; además ofrece a la venta ataúdes y urnas.
*Además servicios funerarios propios de un velatorio en el Velatorio Militar de Puebla, Pue.
Requisitos:
- Copia de CUIM, si es Militar en Activo u oficio de identificación si es personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
- Credencial única de identidad u oficio de identidad del personal de la Armada de México.
- Identificación expedida por el ISSFAM si es Retirado o Pensionista.
- Aval solidario (En los casos que resulte aplicable, de acuerdo a la edad del interesado).
- Pago de la primera mensualidad.
- Pago cuota de mantenimiento.
Trámite:
Directamente en el ISSFAM, en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., y Velatorio Militar de Puebla, Pue. |
H. Ayuda para Gastos de Sepelio. (ART.57) (PG. 18)
| Artículo 57 Por el fallecimiento del cónyuge, concubina o concubinario, hijos, padres. Para Generales, Jefes y Oficiales y sus equivalentes en la Armada, 20 días del Haber más asignaciones que se estuvieren percibiendo; y para el personal de Tropa o Clases y Marinería, 40 días del Haber y Asignaciones que este percibiendo el Militar.
Trámite
Directamente en la Unidad Ejecutora de Pagos en la que percibe sus Haberes el Militar.
Requisitos:
- Solicitud de Ayuda para Gastos de Sepelio. Formato 3
- Copia certificada del acta de defunción del derechohabiente.
- Copia certificada del acta de defunción del familiar.
- Cédula de identificación del extinto.
- Original de la factura que ampare los gastos funerarios expedidos a nombre del Militar, asentando el nombre del extinto.
- Copia certificada del acta del Registro Civil para acreditar el parentesco.
- Fotocopia de la Identificación Oficial del Militar (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
|
I. Servicio Médico. (ART. 142, 143, 153, 154 Y 221). (PGS. 36, 37, 38, 39 y 50 respectivamente)
| Artículo 142 Para derechohabientes del Militar que percibe haberes, se proporciona gratuitamente en las Instalaciones Sanitarias Militares y Navales en la Ciudad de México y el resto de la República Mexicana.
Requisitos:
- Presentar la Cédula de Identificación, expedida por el ISSFAM.
Trámite:
Se lleva a cabo ante la Dirección encargada de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, según corresponda. |
J. Becas. (ART. 138) (PG. 36)
| Artículo 138 Para los hijos de Militares (en el Activo y Retirados) que se encuentren estudiando en Planteles Oficiales o con reconocimiento Oficial (conforme a los requisitos y condiciones de la convocatoria que emite anualmente el Instituto).
Trámite
Presentar solicitud por conducto de la Unidad, Dependencia o Instalación a la que pertenezca el Militar, adjuntando la documentación comprobatoria de acuerdo a la convocatoria que emite el ISSFAM.
|
|
Prestaciones a las que tiene derecho el Militar al causar baja del Servicio Activo y Alta en Situación de Retiro con derecho a Haber de Retiro o CompensaciónLos Militares que causan alta en Situación de Retiro con derecho a percibir Haber de Retiro, tienen derecho a las siguientes prestaciones:
A. Reafiliación a la Ley del ISSFAM. (ART.19) (PG. 08)
| Artículo 19 Todo Militar que cause alta en Situación de Retiro, deberá ser Reafiliado a la Ley del ISSFAM ante las Direcciones Generales de Seguridad Social de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina o en el Instituto, según corresponda.
Requisitos:
- Solicitud de Reafiliación. Formato 1
- Presentar copia certificada de la constancia del Registro Civil o designación de concubina o concubinario de la persona interesada.
- Dos fotografías tamaño infantil de frente, a color con fondo blanco, reciente.
|
B. Pago del Haber de Retiro. (ART. 21) (PG. 08 Y 09)
| Artículo 21 Beneficio económico vitalicio, que se otorga a los Militares al pasar a Situación de Retiro, cuando hayan prestado 20 años o más de Servicio, por edad límite, por haberlo solicitado o por incapacidad contraída en actos del servicio.
Requisitos:
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro.
- Original del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- Hoja y Tarjeta de Filiación requisitada por la Dependencia, Unidad o Instalación en la que prestó sus servicios el Militar o por el Instituto.
- 4 fotografías de frente, 4 de perfil tamaño infantil a color, uniformado y con tocado, recientes.
- Copia de la Clave de Registro de Población (C.U.R.P.)
- Copia de la credencial de elector (I.F.E.)
|
C. Pago del Seguro Colectivo de Retiro. (ART. 87). (PG 24-25)
| Artículo 87 Tienen derecho a esta prestación los Militares que pasen a situación de Retiro y hayan cumplido 20 años o más de servicios efectivos o por edad límite; los Militares que se incapaciten en actos dentro del servicio o como consecuencia de ellos sin importar el tiempo de servicio; esto será por la cantidad que resulte de multiplicar el Haber y Sobrehaber mensual mínimo vigente de su grado en la República Mexicana por el factor que corresponda de acuerdo a la tabla del artículo 89 (pg. 25) de la Ley del ISSFAM.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro Colectivo de Retiro. Formato 6
- Copia al carbón del Certificado de Último de Pago (C.U.P).
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro.
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E., Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
|
D. Pago del Fondo de la Vivienda Militar. (ART. 101) (ART. 103, PG. 29 y 30)
| Artículo 101 En los casos de Retiro del Activo y de Licencia Ilimitada, en los términos de las disposiciones legales aplicables, se entregará al Militar el total de los depósitos que tenga a su favor en el Fondo de la Vivienda. En caso de contar con Préstamo Hipotecario vigente, se reintegrará el porcentaje correspondiente conforme a la Ley.
Requisitos:
- Solicitud de “Entrega del Fondo de la Vivienda Militar”, requisitada por la Unidad, Dependencia o Instalación de origen. Formato 7
- Copia del Oficio de baja.
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia del Certificado de Último de Pago (C.U.P)
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de elector (I.F.E), Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
Nota: El personal que haya sido procesado, deberá presentar además de la documentación antes enlistada, copia del Oficio de Alta y Baja en procesados y/o sentenciados. |
E. Pago del Seguro de Vida Militar. (ART. 63). (PG. 19-20)
| Artículo 63 Únicamente para el personal que pasa a Situación de Retiro por Inutilidad en Primera o Segunda categorías dentro de Actos del Servicio.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro de Vida Militar. Formato 8
- Copia del Certificado de Último de Pago
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro por Inutilidad en Primera o Segunda categorías en actos dentro del servicio.
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E., Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
|
F. Pago del Fondo de Ahorro ó de Trabajo. (ART. 58 Y 59) (PG. 19)
| Artículo 58
Artículo 59 Por el total de las aportaciones constituidas a su favor. Trámite ante Banjercito (Matriz o Sucursales).
Requisitos:
- Solicitud del Fondo firmada.
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, 6 años Svs). Formato 9
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P).
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro.
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia de identificación oficial (Credencial de elector I.F.E., Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
|
G.Servicio Médico Integral. (ART. 142, 143, 153, 154 Y 221). (PGS. 36, 37, 38, 39 y 50 respectivamente)
| Artículo 142 Prestación que se otorga por el ISSFAM al Militar y sus Derechohabientes, en las Instalaciones Sanitarias de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, según corresponda. En base a los Convenios de Subrogación asignados anualmente.
Trámite
Actualizar las Cédulas de Identificación de los Derechohabientes ante la Dirección encargada de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, según corresponda. |
H. Servicios Turísticos. (ART.134) (PG. 35)
| Artículo 134 Precios preferenciales en el Hotel Fiesta Inn Mazatlán y en los del grupo Posadas (Fiesta Inn y Fiesta Americana). Hacer la reservación con 15 días de anticipación.
Trámite
Ante la central de reservaciones Fiesta, al teléfono 53-26-69-00 ó al sitio de Internet: www.fiestamericana.com.mx o www.fiestainn.com.mx |
Nota: Para consulta de otros servicios como bolsa de trabajo, educación, casa hogar para militares retirados y turismo consulte el Capitulo VI de esta Guía.
I. Servicios Funerarios. (ART. 137) (PG. 35)
| Artículo 137 Orientación y gestión para trámites funerarios, servicios de velación, inhumación, exhumación, reinhumación, depósito o retiro de cenizas, depósito o retiro de restos áridos, cremación, sala velatoria, servicio de carroza, transporte de dolientes y traslados.
Requisitos:
Certificado Médico de Defunción.
Orden de Inhumación.
Permiso para depósito de cenizas
Permiso de exhumación
Venta de nichos en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., con una cuota mínima por concepto de mantenimiento, misma que será establecida por la H. Junta Directiva y será el propio Instituto el responsable de comunicar a los propietarios el monto y la forma de pago correspondiente; además ofrece la venta de ataúdes y urnas.
*Además servicios funerarios propios de un velatorio en el Velatorio Militar de Puebla, Pue. |
Requisitos:
Copia de CUIM, si es Militar en Activo u oficio de identificación si es personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
Credencial única de identidad u oficio de identidad del personal de la Armada de México.
Identificación expedida por el ISSFAM si es Retirado o Pensionista.
Aval solidario (En los casos que resulte aplicable, de acuerdo a la edad del interesado).
Pago de la primera mensualidad.
Pago cuota de mantenimiento.
Trámite:
Directamente en el ISSFAM, en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., y Velatorio Militar de Puebla, Pue.
|
J. Pago de Ayuda para Gastos de Sepelio. (ART. 57) (PG. 18)
| Artículo 57 Por el fallecimiento del cónyuge, concubina, concubinario, hijos, padres, para Generales, Jefes y Oficiales y sus equivalentes en la Armada, 20 días del Haber de Retiro, que este percibiendo el militar y para el personal de Tropa o Clases y Marinería 40 días del Haber de Retiro que este percibiendo el Militar.
Trámite
Ante el ISSFAM.
Requisitos:
Formato 3
Solicitud de trámite para el pago de ayuda para Gastos de Sepelio
Copia certificada del Acta de Defunción.
Copia de identificación oficial (Credencial de elector I.F.E. del militar por ambos lados, copia del pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
|
K. Otorgamiento de Becas. (ART 138) (PG. 36)
| Artículo 138 Para los hijos de Militares (en el Activo y Retirados) que se encuentren estudiando en Planteles Oficiales o con reconocimiento Oficial (conforme a los requisitos y condiciones de la convocatoria que emite anualmente el Instituto).
Trámite
Presentar solicitud con la documentación comprobatoria de acuerdo a la convocatoria por conducto de la Dependencia, Unidad e Instalación a la que pertenece el Militar.
|
|
Los Militares que causan alta en Situación de Retiro con compensación, tienen derecho a las siguientes prestaciones:
A. Pago de Compensación. (ART. 36) (PG. 14)
| Artículo 36 Tener acreditados por la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, según corresponda, 5 o más años de Servicios efectivos o con abonos sin llegar a 20.
Ser colocado por la Secretaría de origen en Situación de Retiro por inutilidad contraída fuera de Actos del Servicio o por Edad límite.
Requisitos:
- Original del Certificado de Último Pago, expedido por la Unidad Ejecutora de Pagos.
- Copia del Oficio de Baja.
- Radicación de Pago. Formato 12
- Copia de Identificación (Credencial de elector I.F.E.).
- Copia de la Clave de Registro de Población (C.U.R.P.)
|
B. Pago de Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. (ART. 91) (PG. 27)
| Artículo 91 Se devolverán las aportaciones que efectivamente hubieren realizado los Militares, desde la entrada en vigor del presente seguro más un 20 % de lo aportado.
Requisitos:
- Solicitud de devolución de aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. Formato 13
- Copia al carbón del Certificado de Último Pago (C.U.P).
- Copia del oficio de Baja del Activo.
- Original del Certificado de servicios emitido por la Secretaría correspondiente.
- Copia de Identificación (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
|
C. Pago de Devolución de Aportaciones del Fondo de la Vivienda Militar. (ARTS. 101 y 103) (PG. 29 Y 30)
| Artículo 101 y Artículo 103 Se integra con una aportación del Gobierno Federal del 5% mensual sobre los Haberes, Asignaciones de Técnico, Especiales y de Vuelo, el personal en Activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En caso de contar con préstamo Hipotecario vigente, se reintegrará el porcentaje correspondiente conforme a la Ley.
Requisitos:
- Solicitud de “Entrega del Fondo de la Vivienda Militar, requisitada por la Unidad, Dependencia o Instalación de origen”. Formato 7
- a. Copia del Oficio de Baja.
- b. Copia del Certificado de Servicios
- c. Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- d. Copia de la Identificación del solicitante legible (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
Nota: El personal que haya sido procesado, deberá presentar además de la documentación antes enlistada, copia del Oficio de Alta y Baja en procesados y/o sentenciados. |
D. Pago de Devolución de Aportaciones al Fondo de Ahorro o de Trabajo. (ART. 58 Y 59). (PG. 19)
| Artículo 58 y Artículo 59 Por el total de las aportaciones constituidas a su favor. Trámite ante Banjercito (Matriz o Sucursales).
Requisitos:
- Solicitud del Fondo firmada.
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, 6 años de servicio). Formato 9
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, Baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia de identificación oficial (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
|
E. Acogerse al régimen Potestativo del Seguro de Vida. (ART. 69) (PG. 21)
| Artículo 69 “Es la Prestación a que pueden optar los Militares que obtengan Licencia Especial o causen Alta en Situación de Retiro por Compensación para continuar Afiliados al Seguro de Vida Militar aportando una cuota semestral del 1.8% del Haber y Sobrehaber mínimo vigente de su grado en la República Mexicana”.
Los Militares que obtengan Licencia Especial o que causen Baja del Activo y Alta en situación de Retiro con Compensación, podrán acogerse a los Beneficios del régimen potestativo.
Trámite
Cubrir semestralmente directamente ante el ISSFAM el 1.8% del Haber y sobrehaber mínimo vigente del grado que ostentó en el Activo, en caso de aumento en los haberes y/o sobrehaberes, la diferencia de la prima deberá cubrirse en el semestre siguiente.
Requisitos:
- Presentar directamente al Instituto solicitud firmada en la que se designe Beneficiario. Formato 14
- Copia del Oficio de Baja.
|
|
Prestaciones a las que tiene derecho el Personal que causa Baja del Servicio Activo por haberla solicitado
A. Pago de Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. (ART. 91) (PG. 27)
| Artículo 91 Se devolverán las aportaciones que efectivamente hubieren realizado los Militares, desde la entrada en vigor del presente Seguro más un 20 % de lo aportado.
Requisitos:
- Solicitud de Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. Formato 13
- Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- Copia del oficio de Baja del activo.
- Original del Certificado de servicios emitido por la Secretaría correspondiente.
- Copia de identificación (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
|
NOTA: El personal que haya sido procesado, presentar además de la documentación antes enlistada, copia del oficio de Alta y Baja en procesados y/o sentenciados.
B. Pago de Devolución de Aportaciones del Fondo de la Vivienda Militar. (ARTS. 101 Y 103) (PG. 29 Y 30)
| Artículo 101 y Artículo 103 Se integra con una aportación del Gobierno Federal del 5% mensual sobre los Haberes, Asignaciones de Técnico, Especial y de Vuelo, del personal en Activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En caso de contar con préstamo Hipotecario vigente, se reintegrará el porcentaje correspondiente conforme a la Ley.
Requisitos:
- Solicitud de “Entrega del fondo de la vivienda Militar, requisitada por la Unidad, Dependencia o Instalación de origen”. Formato 7
- Copia del Oficio de Baja.
- Copia del Certificado de servicios
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P)
- Copia de la identificación del solicitante legible (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de Marina).
Nota: El personal que haya sido procesado, deberá presentar además de la documentación antes enlistada, copia del oficio de Ata y Baja en procesados y/o sentenciados. |
C. Pago de Devolución de Aportaciones al Fondo de Ahorro o de Trabajo. (ART. 58 Y 59) (PG. 19)
| Artículo 58 y Artículo 59 Por el total de las aportaciones constituidas a su favor. Trámite ante Banjercito (Matriz o Sucursales).
Requisitos:
- Solicitud del Fondo firmada
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, 6 años de Servicio). Formato 9
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, Baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- Copia del oficio de Baja del Activo y Alta en Situación de Retiro
- Original del Certificado de Servicios, expedido por la Secretaría que corresponda.
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de Elector, Pasaporte vigente, Tarjeta Única de Identidad Militar o Credencial de Identificación Militar expedida por la Secretaría de origen).
|
|
Prestaciones que se otorgan al fallecimiento del Militar
SI AL FALLECIMIENTO EL MILITAR TENIA 20 0 MÁS AÑOS DE SERVICIOS O SI LA MUERTE FUE DECLARADA POR LA SECRETARÍA DE ORIGEN DENTRO DE ACTOS DEL SERVICIO, SE OTORGARÁN LOS SIGUIENTES BENEFICIOS:
A. Pensión a quien acredite ser familiar. (ART. 38, 39 Y 40) (PG. 15 Y 16)
| Artículo 38, Artículo 39 y Artículo 40 Beneficio económico vitalicio, que se otorga a los familiares por fallecimiento del Militar, considerando como tales a los comprendidos en el artículo 38 de la Ley del ISSFAM.
Requisitos en todos los casos:
- Solicitud de Pensión, Formato 15
- Copia certificada del Acta de Defunción.
- Copia de Identificación Oficial del familiar (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
Nota: Estos tres requisitos son necesarios en todos los casos, los demás documentos dependen del caso en que se encuentre el Beneficiario.
Cónyuge supérstite:
- Acta de matrimonio certificada por el Registro Civil con fecha posterior al fallecimiento del Militar.
Hijos menores de edad:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento
Concubina o concubinario
- Fotocopia de la Cédula de Identificación como derechohabiente.
Hijos mayores de edad hasta los 25 años:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento.
- Certificado de estudios con reconocimiento de validez oficial.
- Constancia de inexistencia de matrimonio, expedida por el Registro Civil de su localidad.
- Información testimonial de dependencia económica.
Hijos incapacitados o imposibilitados:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento.
- Dictamen pericial médico original expedido por dos médicos Militares o Navales especialistas en el que se haga constar la enfermedad que padece, tiempo de presentarla, si lo incapacita o imposibilita total o permanentemente para trabajar y si puede ejercer sus derechos civiles.
- Constancia de inexistencia de matrimonio, expedida por el Registro Civil de su localidad.
Nota. En caso de no poder ejercer sus derechos cívicos, se deberá presentar copia certificada del juicio de interdicción con la designación, protesta y aceptación del cargo de tutor.
Padres:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento del Militar
Nota. Si el beneficio fue solicitado por el cónyuge, concubina o concubinario e hijos, los padres deberán presentar información testimonial de dependencia económica.
Trámite para el pago de la pensión
Realizar Afiliación, presentando 4 fotografías de frente y 4 de perfil, tamaño infantil a color, recientes, copia de la C.U.R.P. y copia de la credencial de elector I.F.E. |
B. Seguro de Vida Militar. (ART. 60) (PG. 19)
| Artículo 60 El Seguro de Vida Militar es la prestación que tiene por objeto proporcionar un beneficio económico a los beneficiarios o familiares de los Militares por el fallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte.
Trámite:
Haber sido designado por el Militar como beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro de Vida Militar, Formato 16
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Original del Certificado Último de Pago (C.U.P.)
- Copia de una Identificación Oficial del solicitante (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
|
C. Seguro Colectivo de Retiro. (ART. 87) (pg. 24 y 25)
| Artículo 87 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Seguro Colectivo de Retiro. Formato 17
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado de Último Pago (C.U.P)
- Original del Certificado de Servicios
- Copia de una Identificación Oficial del solicitante (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
|
D. Devolución de Aportaciones al Fondo de la Vivienda Militar. (ART. 112) (PG. 32-33)
| Artículo 112 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Fondo de la Vivienda Militar. Formato 18
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.)
- Original del Certificado de Servicios
- Copia de una Identificación Oficial del solicitante (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
|
E. Fondo de Ahorro o de Trabajo. (ART. 58, PG.19)
| Artículo 58
Trámite:
Haber sido designado por el Militar como beneficiario para el pago del Seguro, el trámite deberá ser realizado ante Banjercito Matriz o Sucursales.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Fondo de Ahorro o de Trabajo
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, Baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar. copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.) Original del Certificado de Servicios
- Copia de una Identificación Oficial del solicitante (Credencial de Elector o Pasaporte vigente).
|
F.Liberación de Hipoteca. (ART. 111) (PG. 32)
| Artículo 111 Trámite:
a. Acreditar ser el cónyuge, concubina o concubinario o en su caso hijo mayor de edad
b. Estar al corriente en los pagos.
Requisitos:
- Solicitud de Liberación de Hipoteca. Formato 19
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción.
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Matrimonio.
- Copia de una identificación oficial del Militar y de quién realice el trámite (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente.
|
G. Pagas de Defunción. (ART. 55) (PG. 18)
| Artículo 55 Haber realizado los trámites de gastos.
Trámite:
Haber realizado los trámites de gastos correspondientes.
Requisitos:
- Formato 20
- Solicitud de trámite para el pago de Pagas de Defunción.
- Original de la factura que ampare los gastos funerarios expedidos a nombre del solicitante, asentando el nombre del extinto.
- Copia de la credencial de elector (I.F.E.) del militar por ambos lados o copia del pasaporte vigente.
|
H. Servicios Funerarios. (ART. 137) (PG. 35)
| Artículo 137 Orientación y gestión para trámites funerarios, servicios de velación, inhumación, exhumación, reinhumación, depósito o retiro de cenizas, depósito o retiro de restos áridos, cremación, sala velatoria, servicio de carroza, transporte de dolientes y traslados.
Requisitos:
Certificado Médico de Defunción.
Orden de Inhumación.
Permiso para depósito de cenizas
Permiso de exhumación
Venta de nichos en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., con una cuota mínima por concepto de mantenimiento, misma que será establecida por la H. Junta Directiva y será el propio Instituto el responsable de comunicar a los propietarios el monto y la forma de pago correspondiente; Además ofrece la venta de ataúdes y urnas.
*Además servicios funerarios propios de un velatorio en el Velatorio Militar de Puebla, Pue.
Requisitos:
Copia de CUIM, si es Militar en Activo u oficio de identificación si es personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
Credencial única de identidad u oficio de identidad del personal de la Armada de México.
Identificación expedida por el ISSFAM si es Retirado o Pensionista.
Aval solidario (En los casos que resulte aplicable, de acuerdo a la edad del interesado).
Pago de la primera mensualidad.
Pago cuota de mantenimiento.
|
I. Servicios Turísticos. (ART. 134). (PG. 35)
| Artículo 134 Precios preferenciales en el Hotel Fiesta Inn Mazatlán y en los del grupo Posadas (Fiesta Inn y Fiesta Americana). Hacer la reservación con 15 días de anticipación.
Trámite:
Ante la central de reservaciones Fiesta, al teléfono 53-26-69-00 o al sitio de Internet: www.fiestamericana.com.mx o www.fiestainn.com.mx |
Nota: Para consulta de otros servicios como bolsa de trabajo, educación, casa hogar para militares retirados y turismo consulte el Capitulo VI de esta Guía.
J. Servicios Médicos. (ART. 142, 143, 153, 154 y 221). (PGS. 36, 37, 38, 39 y 50 respectivamente)
| Artículo 142 y Artículo 221 Al fallecimiento del militar retirado o en activo, sus familiares tendrán derecho a la prestación del servicio médico gratuito, siempre que la Junta Directiva les reconozca su carácter de pensionistas.
Este beneficio se proporcionará a los pensionistas al presentar su Tarjeta de Filiación (verde).
|
|
Fallecimiento en actos fuera del servicio con más de cinco y menos de veinte años de servicios
A. Compensación. (ART. 36) (PG. 14-15)
| Artículo 36 QUIEN ACREDITE SER FAMILIAR, requisitos en todos los casos:
Solicitud de Compensación.
Formato 15
- Copia certificada del Acta de Defunción.
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
Nota: Estos tres requisitos son necesarios en todos los casos, los demás documentos dependen del caso en que se encuentre el Beneficiario.
Cónyuge supérstite:
- Acta de matrimonio certificada por el Registro Civil con fecha posterior al fallecimiento del Militar.
Hijos menores de edad:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento.
Concubina o concubinario
- Fotocopia de la Cédula de Identificación como derechohambiente.
Hijos incapacitados o imposibilitados:
- Copia certificada por el Registro Civil del acta de nacimiento.
- Dictamen Pericial médico original expedido por dos médicos Militares o Navales especialistas en el que se haga constar la enfermedad que padece, tiempo de presentarla, si lo incapacita o imposibilita total o permanentemente para trabajar y si puede ejercer sus derechos civiles.
- Constancia de inexistencia de matrimonio, expedida por el registro civil de su localidad.
Nota: En caso de no poder ejercer sus derechos cívicos, se deberá presentar copia certificada del juicio de interdicción con la designación, protesta y aceptación del cargo de tutor.
Padres:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de nacimiento del Militar
Nota: Si el beneficio fue solicitado por el cónyuge, concubina o concubinario e hijos, los padres deberán presentar información testimonial de dependencia económica.
Trámite para el pago de la Compensación:
- Presentar escrito de Radicación de Pago.
- Copia de Identificación Oficial (Credencial de Elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
|
B. Seguro de Vida Militar. (ART. 60, PG. 19) (ART. 64, PG. 20)
| Artículo 60 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro de Vida Militar, Formato 16
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Original del Certificado Último de Pago (C.U.P.).
- Original del Certificado de Servicios.
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
C. Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. (ART.112) (PG. 32)
| Artículo 91 y Artículo 92 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el Pago del Fondo.
Solicitud de pago del Fondo de la Vivienda Militar. Solicitud de entrega del Fondo de la Vivienda Militar.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Seguro Colectivo de Retiro. Formato 21
- Copia certificada por el Registro Civil del acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia al carbón del Certificado de Último Pago (C.U.P.)
- Original del Certificado de Servicios.
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de Elector I.F.E o Pasaporte vigente).
|
D. Devolución de Aportaciones al Fondo de la Vivienda Militar. (ART.112) (PG. 32)
| Artículo 112 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el Pago del Fondo.
Solicitud de pago del Fondo de la Vivienda Militar. Solicitud de entrega del Fondo de la Vivienda Militar.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Fondo de la Vivienda Militar. Formato 18
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.)
- Original del certificado de servicios.
- Copia de una Identificación Oficial del solicitante (Credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente).
|
E. Fondo de Ahorro o de Trabajo. (ART. 58, PG. 19)
| Artículo 58
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Fondo.
Trámite ante Banjercito Matriz o Sucursales.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Fondo de Ahorro o Trabajo.
(Generales a Oficiales o sus equivalentes en la Armada, baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.)
- Original del Certificado de Servicios
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial para votar I.F.E o Pasaporte vigente).
|
F. Pagas de Defunción. (ART. 55) (PG. 18)
| Artículo 55 Haber realizado los gastos funerarios.
Trámite:
Haber realizado los trámites de gastos correspondientes.
Requisitos:
- Solicitud de Pagas de Defunción. Formato 20
- Original de la factura que ampare los gastos funerarios expedidos a nombre del solicitante, asentando el nombre del extinto.
- Copia de la credencial de elector (IFE) por ambos lados del solicitante o copia del pasaporte vigente.
|
|
Muerte en actos fuera del servicio con menos de 5 años de servicio
A. Seguro de Vida Militar. (ART. 60 Y 63) (PG. 19 Y 20)
| Artículo 60 y Artículo 63 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro de Vida Militar, Formato 16
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Original del Certificado Último de Pago (C.U.P.)
- Copia de una identificación oficial (credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
B. Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro. (ART. 91 Y 92) (PG. 27 Y 28)
| Artículo 91 y Artículo 92 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Seguro.
- Solicitud de pago del Seguro Colectivo de Retiro. Formato 21
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del oficio de baja por fallecimiento del Militar.
- Copia al carbón del certificado Último de Pago (C.U.P.).
- Original del Certificado de Servicios
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
C. Devolución de Aportaciones al Fondo de la Vivienda Militar. (ART. 112) (PG. 32-33)
| Artículo 112 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Fondo de la Vivienda Militar.
Requisitos:
- Solicitud de pago del Fondo de la Vivienda Militar. Formato 18
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.).
- Original del Certificado de Servicios.
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
D. Fondo de Ahorro o de Trabajo. (ART. 58, PG. 19)
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Seguro.
Trámite ante Banjercito matriz o sucursales
- Solicitud de pago del Fondo de Ahorro o Trabajo
(Generales a oficiales o sus equivalentes en la Armada, Baja). Formato 10
(Tropa o Clases y Marinería). Formato 11
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del Oficio de Baja por fallecimiento del Militar.
- Copia del Certificado Último de Pago (C.U.P.).
- Original del certificado de servicios.
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
E. Pagas de Defunción. (ART. 55) (PG. 18)
| Artículo 55 Trámite:
Haber realizado los trámites de gastos correspondientes.
Requisitos:
- Solicitud de trámite para el pago de Pagas de Defunción. Formato 20
- Original de la factura que ampare los gastos funerarios expedidos a nombre del solicitante, asentando el nombre del extinto.
- Copia de la credencial de elector (IFE) por ambos lados del solicitante o copia del pasaporte vigente.
|
|
Fallecimiento del Militar en Situación de Retiro con Haber de Retiro
A. Pensión a quien acredite ser familiar. (ART. 38 Y 39) (PG. 15 Y 16)
| Artículo 38 y Artículo 39 Requisitos en todos los casos:
- Solicitud de Pensión. Formato 15
- Copia certificada del Acta de Defunción.
- Copia de Identificación Oficial. (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
Nota: Estos tres requisitos son necesarios en todos los casos, los demás documentos dependen del caso en que se encuentre el Beneficiario.
Cónyuge supérstite:
- Acta de matrimonio certificada por el Registro Civil con fecha posterior al fallecimiento del Militar.
Hijos menores de edad:
- Copia certificada por el Registro civil del Acta de Nacimiento
Concubina o concubinario:
- Fotocopia de la Cédula de Identificación como derechohambiente.
Hijos mayores de edad hasta los 25 años:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Nacimiento.
- Certificado de estudios con reconocimiento de validez oficial.
- Constancia de inexistencia de matrimonio, expedida por el Registro Civil de su localidad.
- Información testimonial de dependencia económica.
Hijos incapacitados o imposibilitados:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Nacimiento.
- Dictamen Pericial médico original expedido por dos médicos Militares o Navales especialistas en el que se haga constar la enfermedad que padece, tiempo de presentarla, si lo incapacita o imposibilita total o permanentemente para trabajar y si puede ejercer sus derechos civiles.
- Constancia de inexistencia de matrimonio, expedida por el Registro Civil de su localidad.
Nota: En caso de no poder ejercer sus derechos cívicos, se deberá presentar copia certificada del juicio de interdicción con la designación, protesta y aceptación del cargo de tutor.
Padres:
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Nacimiento del Militar
Nota: Si el beneficio fue solicitado por el cónyuge, concubina o concubinario e hijos, los padres deberán presentar información testimonial de dependencia económica.
Trámite para el pago de la Pensión.
Realizar Filiación, presentando 4 fotografías de frente y 4 de perfil, tamaño infantil a color, recientes, copia de la C.U.R.P. y copia de la credencial de elector I.F.E. o Pasaporte vigente. |
B. Seguro de Vida Militar. (ART. 60) (ART. 64, PG. 19 Y 20)
| Artículo 60 Trámite:
Haber sido designado por el Militar como Beneficiario para el pago del Seguro.
Requisitos:
- Solicitud del Seguro de Vida Militar, Formato 22
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del Militar.
- Copia del último recibo de Pago de Haber de Retiro.
- Copia de una Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente).
|
C. Liberación de Hipoteca. (ART. 60) (ART. 64, PG. 19 Y 20)
| Artículo 111 Trámite:
- Acreditar ser el cónyuge, concubina o concubinario o en su caso hijo mayor de edad.
- Estar al corriente en los pagos.
Requisitos:
- Solicitud de Liberación de Hipoteca, Formato 19
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción.
- Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Matrimonio.
- Copia de una identificación oficial del Militar y de quien realice el tramite Credencial de elector I.F.E. o pasaporte vigente.
|
D. Pagas de Defunción. (ART. 55) (PG. 18)
| Artículo 55 Haber realizado los trámites de los pagos correspondientes.
Requisitos:
- Solicitud de trámite para el pago de Pagas de Defunción. Formato 20
- Original de la factura que ampare los gastos funerarios expedidos a nombre del solicitante, asentando el nombre del extinto.
- Copia de la credencial de elector (I.F.E.) por ambos lados del militar o copia del pasaporte vigente.
|
E. Servicios Funerarios. (ART.137) (PG. 35)
| Artículo 137 Orientación y gestión para trámites funerarios, servicios de velación, inhumación, exhumación, reinhumación, depósito o retiro de cenizas, depósito o retiro de restos áridos, cremación, sala velatoria, servicio de carroza, transporte de dolientes y traslados.
Requisitos:
Certificado Médico de Defunción.
Orden de Inhumación.
Permiso para depósito de cenizas
Permiso de exhumación
Venta de nichos en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., con una cuota mínima por concepto de mantenimiento, misma que será establecida por la H. Junta Directiva y será el propio Instituto el responsable de comunicar a los propietarios el monto y la forma de pago correspondiente; además ofrece la venta de ataúdes y urnas.
*Además servicios funerarios propios de un velatorio en el Velatorio Militar de Puebla, Pue.
Requisitos:
Copia de TUIM, si es Militar en Activo u oficio de identificación si es personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
Credencial única de identidad u oficio de identidad del personal de la Armada de México.
Identificación expedida por el ISSFAM si es Retirado o Pensionista.
Aval solidario (En los casos que resulte aplicable, de acuerdo a la edad del interesado).
Pago de la primera mensualidad
Pago cuota de mantenimiento.
|
Trámite:
Directamente en el ISSFAM, en el Cementerio Militar de Tlalpan, D.F., y Velatorio Militar de Puebla, Pue.
|
F. Servicios Turísticos. (ART. 134) (PG. 35)
| Artículo 134 Precios preferenciales en el Hotel Fiesta Inn Mazatlán y en los del grupo Posadas (Fiesta Inn y Fiesta Americana). Hacer la reservación con 15 días de anticipación.
Trámite:
Ante la central de reservaciones Fiesta, al teléfono 53-26-69-00 o al sitio de Internet: www.fiestainn.com.mx o www.fiestamericana.com.mx |
Nota: Para consulta de otros servicios como bolsa de trabajo, educación, casa hogar para militares retirados y turismo consulte el Capitulo VI de esta Guía.
G. Servicios Médicos. (ART. 142 Y 221) (PG. 36 Y 50)
| Artículo 142 y Artículo 221 Este beneficio se proporcionara al presentar su Tarjeta de Filiación o Afiliación como Pensionista.
|
|
Otros trámites
A. Renovación de Tarjeta de Filiación.
Para la reposición por extravío, pérdida o vencimiento se requiere la siguiente documentación:
- Solicitud de renovación de Tarjeta de Filiación. Formato 23
- Tarjeta vencida o en caso de robo o extravío, original del Acta de extravío levantada ante el Ministerio Público de la Delegación o Municipio más cercano a su domicilio.
- 2 fotografías tamaño infantil a color con fondo blanco, recientes.
- Copia fotostática del último Talón de Pago.
|
B. Corrección de Datos.
Para corregir algún dato general del Talón de Pago del Militar Retirado o Pensionado (domicilio particular, R.F.C., nombre mal escrito entre otros).
Requisitos:
Formato 24
- Copia fotostática certificada del acta de nacimiento, expedida por el registro civil, con la cual compruebe la modificación que solicita.
- Copia fotostática del recibo de último pago.
- Copia fotostática de Tarjeta de Filiación.
- Copia fotostática de la C.U.R.P.
- Copia fotostática del comprobante de domicilio actual.
- En caso de las Pensionistas que cobran Anticipo de Pensión 50%, deberán remitir copia fotostática de Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E.)
- En caso de que el beneficiario no pueda tramitar la solicitud deberá extender carta poder certificada por la Zona Militar, Zona Naval o Notaría Pública.
|
C. Cambio de Radicación de Pago.
Para solicitar que el pago de su Haber de Retiro o Pensión se radique en otra pagaduría por cambio de domicilio particular.
Requisitos:
Formato 25
- Copia de la Tarjeta de Filiación vigente.
- En caso de las pensionistas que cobran anticipo de pensión 50%, deberán remitir copia fotostática de Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E.)
- Copia de la Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.)
- En caso de que el beneficiario no pueda tramitar la solicitud deberá extender carta poder certificada por la Zona Militar, Zona Naval o Notaria Pública.
|
D. Regularización y Reexpedición de Pago.
En caso de que el Militar Retirado, Pensionado o con Pensión Alimenticia, Anticipo de Pensión y Compensación de Servicios, no haya cobrado uno o varios meses, por algún motivo, podrá solicitar se le reexpida su pago nuevamente para que estos se regularicen.
Requisitos:
- Copia de la Tarjeta de Filiación vigente, en el caso de Militares Retirados, Pensionados y con Pensión Alimenticia; e Identificación Oficial (Credencial de elector I.F.E., Cartilla o Pasaporte) para el personal que cobra Compensación por servicios prestados.
- En caso de que el Beneficiario no pueda cobrar su pago deberá extender Carta Poder certificada por la Zona Militar, Zona Naval o Notaría Pública.
- Copia de la Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.)
|
E. Acrecentamientos.
Con base en lo establecido en el artículo 41 de la Ley del Instituto, el acrecentamiento lo cobran por partes iguales los Beneficiarios sobrevivientes cuando otro Beneficiario haya fallecido o cuando se suspendan o extingan los derechos o pensiones de uno de ellos.
El derecho a percibir una Pensión también se pierde por colocarse en alguno de los siguientes (Artículo 51 y Artículo 52):
- Renuncia.
- Sentencia ejecutoriada que origine la pérdida del beneficio.
- Llegar a la mayoría de edad los hijos pensionados, siempre que no estén incapacitados legalmente imposibilitados de una manera permanente y total para ganarse la vida o estudiando, en este último caso, se amplía hasta los 25 años, en los términos señalados en el artículo 38 de esta ley.
- Contraer matrimonio o vivir en concubinatoel cónyuge supérstite, las hijas y hermanas solteras; o en nuevo concubinato la concubina y el concubinario
- Dejar de percibir una pensión o una compensación ya otorgada y sancionada sin hacer gestión de cobro en un lapso de tres años.
- Por no hacer trámite alguno de Gestión de Beneficio durante los cinco años siguientes a la muerte del Militar.
|
F. Notificación del Fallecimiento de Deudo de Militar Retirado.
En el caso del fallecimiento de algún Beneficiario de Pensión, se deberá notificar de inmediato al I.S.S.F.A.M; para su cancelación correspondiente.
Requisitos:
Formato 29
- Solicitud de acrecentamiento y/o notificación de fallecimiento de pensionista
- Copia certificada del acta de defunción.
- Original de la Credencial de Cobro.
- Copia de la credencial de elector (I.F.E.) por ambos lados de quien notifica.
|
G. Solicitud de Revista de Supervivencia Domiciliaria.
Este servicio se proporciona al personal Militar Retirado y Pensionista, que por su estado de salud o avanzada edad, está imposibilitado físicamente para presentarse a pasar su revista de supervivencia.
Deberá requerir y entregar su solicitud y constancia médica de incapacidad física.
Requisitos:
- Solicitud con firma y huella digital. Formato 30
- Copia de la Tarjeta de Afiliación.
- Original de Constancia Médica de incapacidad física, con vigencia en la fecha.
- Croquis de la localización del domicilio.
|
H. Reanudación de Pago.
El personal Militar Retirado y Pensionista que se le haya suspendido el pago por no haberse presentado a pasar su Revista de Supervivencia, establecida en el Art. 29 de la Ley del ISSFAM, una vez que se presenta a pasar su revista, podrá solicitar se le reanude su pago en las Instalaciones Militares que le correspondan para cumplir con dicho trámite.
Requisitos:
- Solicitud. Formato 31
- Copia de la Tarjeta de Afiliación.
|
|
Convenios celebrados por el ISSFAM para otorgar Servicios Turísticos, Educativos, Bolsa de Trabajo y Casa Hogar para Militares Retirados.
1. BOLSA DE TRABAJO.
|
A. AMEDIRH.
Es la asociación mexicana en Dirección de Recursos Humanos que proporciona servicios de bolsa de trabajo a los militares en situación de retiro, derechohabientes y pensionistas de manera gratuita con la finalidad de ofrecer una alternativa de empleo, contribuyendo de esa manera a la mejora de la economía de la familia militar.
Para mayor información comunicarse al teléfono 51-40-22-08 o al correo electrónico, abarreiro@amedirh.com.mx"
B. MANPOWER.
MANPOWER esta considerada como empresa líder a nivel global en el manejo de recursos humanos al ofrecer servicios especializados de bolsa de trabajo, reclutamiento de personal permanente, temporal y por contrato, evaluación y selección de empleos, capacitación, reorientación profesional y consultoría, todo esto de manera gratuita para el personal militar en situación de retiro, derechohabientes, pensionistas y para todos aquellos que no formen parte de las fuerzas armadas mexicanas.
Para mayor información consultar la página.www.manpower.com.mx
|
2. SERVICIOS TURÍSTICOS
|
A. ISSSTE.
El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas firmo un Convenio de colaboración con el ISSSTE con la finalidad de proporcionar servicios turísticos a bajo costo a través del Sistema de Agencias Turísticas “Turissste” a los militares en situación de retiro, derechohabientes y pensionistas.
Para mayor información dirigirse a la página. www.issste.gob.mx
B. IMSS.
El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas firmo convenios de colaboración con el Instituto Mexicano del Seguro Social cuyo objetivo es proporcionar un descuento equivalente al 10% a Militares del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México en servicio activo, en situación de retiro, sus derechohabientes y pensionistas, sobre las cuotas de recuperación vigentes en los centros vacacionales de: Oaxtepec, Morelos; Malintzi, Tlaxcala; Metepec, Puebla y La trinidad, Puebla.
Para mayor información consultar la página.www.imss.gob.mx
C. HOTEL MAZATLÁN:
Precios preferenciales en el Hotel Fiesta Inn Mazatlán y en los del grupo Posadas (Fiesta Inn y Fiesta Americana). Hacer la reservación con 15 días de anticipación.
Trámite:
Ante la central de reservaciones Fiesta, al teléfono 53-26-69-00 o al sitio de Internet: www.fiestainn.com.mx o www.fiestamericana.com.mx
|
3. SERVICIOS EDUCATIVOS.
|
A. CONVENIO UVM. (UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO)
El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y la Universidad Del Valle De México firmaron un Convenio de colaboración con el objetivo de establecer los lineamientos para la realización de los programas académicos de investigación y exenciónales, de prestación de servicios y recursos que permiten el fortalecimiento de ambas partes, así como elevar la calidad de los servicios que cada una de ellas presta y colaborar con el ISSFAM en apoyar al personal militar en situación de retiro, derechohabientes y pensionistas (cónyuges e hijos) a la terminación de estudios de nivel bachillerato, licenciatura y maestría mediante descuentos preferenciales para todo aquel que inicie sus estudios en la citada Universidad.
Para mayor información comunicarse al ISSFAM al teléfono 21-22-06-01
B. CONVENIOS SEP.
B.a. El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y la Secretaría de Educación Pública firmaron un Convenio de colaboración para proporcionar apoyo a todos los militares en situación de retiro con haber de retiro e hijos mayores de 20 años de edad para presentar el examen único de Certificación de Conocimientos de Nivel Bachillerato (CENEVAL, Acuerdo 286) para acreditar sus estudios a nivel bachillerato.
B.b. El ISSFAM y la SEP establecieron un convenio de colaboración en donde dicha Secretaría ofrece la oportunidad de obtener una beca a los hijos de los militares en situación de retiro que perciban haber de retiro con el objetivo de incrementar el nivel de estudios de los hijos de los militares que sean menores de 20 años, que hayan concluido la secundaria y que se encuentren a punto de ingresar al bachillerato o que lo estén cursando en Instituciones oficiales y que no estén percibiendo beca por cualquier otra dependencia o Institución.
Para mayor información comunicarse al ISSFAM al teléfono 21-22-06-01 con seis líneas telefónicas.
|
4. CASA HOGAR PAR MILITARES RETIRADOS.
|
El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas esta construyendo la Casa Hogar para Militares Retirados mayores de 60 años de edad, que tengan haber de retiro y que estén interesados en formar parte de ella.
El objetivo de la Casa Hogar para Militares Retirados es ofrecer a sus ocupantes una alternativa para mejorar su calidad de vida, en un ambiente confortable con servicios altamente profesionales y que propician el reencuentro con compañeros de generación y que vivan plenamente en un ambiente cálido con todas las comodidades y servicios a su alcance. La Casa Hogar esta proyectada para albergar a 267 militares en situación de retiro, entre hombres y mujeres en todas sus jerarquías.
La ubicación de La Casa Hogar para Militares Retirados se encuentra en las inmediaciones de la cabecera municipal de Jiutepec en el Estado de Morelos, a una hora del Distrito Federal y a 10 minutos de la autopista del Sol. Se tiene previsto inaugurar este hermoso proyecto arquitectónico en el mes de Septiembre del año en curso.
Para mayor información comunicarse al ISSFAM al teléfono 21-22-06-01 con seis líneas telefónicas.
Para la solicitud de cualquier trámite que no se encuentre comprendido en esta Guía, favor de emplear el Formato Universal Formato 32
|
|
|
Regresar a la Página Principal del ISSFAM
| | |